Software de administración, hojas de cálculo, herramientas computacionales especializadas o papeles de trabajo, deben ser revisados para asegurarse de que los parámetros con los que se calcularán los impuestos y demás obligaciones de las empresas durante el año 2015 son los correctos.
Para 2015 prácticamente no se presentan variaciones con respecto a 2014; sin embargo, es conveniente hacer un listado de verificación para asegurar que los datos que se utilizarán para llevar las cuentas y determinar los diversos impuestos durante el ejercicio son los vigentes en el ejercicio, por lo que a continuación se presenta una lista de conceptos a considerar, misma que no es exhaustiva, pero abarca los aspectos más relevantes a considerar:
• ISR
• Tasa de ISR de 30% para personas morales (Igual que para 2014)
• Tarifas de ISR de personas físicas con tasa máxima de 35% (Igual que para 2014)
• La tabla de subsidio al empleo permanece igual a la de 2014
• Tasa de retención de ISR sobre honorarios y arrendamientos se mantiene en 10%
• Factores de piramidación y otros para el cálculo de impuestos son los mismos que para 2014
• Límite de gastos deducibles permanecen iguales a los de 2014, cabe recordar que el de automóviles que es de $130,000.
• La tasa de retención anual sobre intereses es de 0.60% sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses, igual que para 2014.
• IETU
• El IETU desapareció en 2014, pero se sugiere revisar y registrar los saldos a favor de este impuesto, los cuales podrán solicitarse en devolución o compensarse contra otros impuestos
• IVA
• Tasa general de 16%
• No hay tasas preferenciales
• Tasa de retención a personas físicas sobre honorarios, arrendamiento y comisión de 10.6667% tanto para el interior de la república, como para la frontera
• La tasa de retención por servicios de autotransporte terrestre de bienes (fletes) se mantiene en 4%
• Se presentan nuevos bienes y servicios gravados, por lo que dependiendo de cada caso, se deberá llevar el control de la causación del nuevo impuesto
• IDE
• El IDE desapareció en 2014; sin embargo, se sugiere revisar y registrar los saldos a favor de este impuesto para identificar el tratamiento aplicable
• IEPS
• Revisar si los gravámenes de IEPS afectan el producto o servicio prestado y preparar los controles correspondientes
• Salarios mínimos 2015
• Considerar los nuevos salarios para integración del Salario Base de Cotización para las cuotas de seguridad social
• Considerar los nuevos salarios para la determinación de conceptos exentos de ISR
• Considerar los nuevos salarios para la determinación de los montos de identificación y reporte de actividades vulnerables a que obliga la Ley Anti-Lavado
Otros aspectos que conviene revisar en este inicio de ejercicio son:
• Días inhábiles
• Vencimiento de las firmas electrónicas para el SAT
• Vencimiento de certificados electrónicos para el IMSS
• Vencimiento de certificados de facturación electrónica
Algunas obligaciones fiscales que se deben monitorear y controlar son:
• Factura electrónica en versión 3.2
• Factura electrónica para la nómina
• Factura electrónica para las retenciones
• Contabilidad el medios electrónicos
• Avisos sobre actividades vulnerables
• Inscripción de centros de trabajo al INFONACOT
En lo que respecta a impuestos estatales, se recomienda revisar en cada caso particular si en el Estado se realizaron reformas a las leyes locales, por las que hubiera que hacer modificaciones en los papeles de trabajo.
Como se indica, este listado de tareas de ninguna manera es exhaustivo, por lo que se sugiere que en cada caso particular se revisen con detenimiento qué otros parámetros o datos se requieren actualizar para que todas las herramientas administrativas estén al día, y evitar errores u omisiones en el cumplimiento de las obligaciones.