Como Sindico del Contribuyente del Colegio de Contadores Públicos de Saltillo ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) adjunto material que se nos compartió en la Reunión Nacional de Síndicos en las Oficinas Centrales del SAT, así como en la oficina de Servicios al Contribuyente Local, respecto a los cambios relevantes “Nómina Digital 2017”.
A partir del 1 de enero de 2017 los patrones tienen la obligación de expedir el nuevo complemento de recibo de pago de nómina del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en su versión 1.2.
Es importante tener presente que esta obligación inicia el 1 de enero de 2017, y considerando que la última quincena de diciembre es generalmente de baja intensidad de trabajo, se puede considerar que queda poco más de un mes para implementar estos cambios.
Por lo anterior, es necesario que los contribuyentes revisen la información referidas, y preparen con suficiente tiempo los cambios y se realicen las pruebas suficientes para asegurar una transición sin tantos obstáculos y comenzar favorablemente el año 2017 cumpliendo con esta obligación.
Conoce también el sitio de Internet que el SAT ha preparado con información sobre este tema, al cual le denomina 'Nómina Digital', pulsando sobre el siguiente enlace: www.sat.gob.mx/nominadigital
Ahora bien, como patrones o como personal administrativo que ejecuta la nómina, es necesario conocer cuáles son los nuevos datos que deben manejarse en el sistema a efecto de cumplir adecuadamente con los requerimientos de esta nueva versión de recibo de nómina.
Los siguientes datos se manejarán ahora con base en catálogos. Son 15 catálogos de los cuales 9 son nuevos, 3 se modifican y 3 permanecen sin cambio:
Catálogo Contenido
Bancos Listado de bancos nacionales. Sigue sin incluir bancos internacionales, pero se adiciona la opción “NA”.
Estados Estados y territorios de México, Estados Unidos y Canadá. No se incluye la posibilidad de otros países.
Origen de recursos Dato para las entidades del sistema de coordinación fiscal, para identificar su los recursos son propios, federales o mixtos.
Periodicidad de pago Listado de períodos de pagos: Diario, semanal, quincenal, etc.
Régimen fiscal Tipo de régimen en el que se tributa: Régimen general, sueldos, arrendamiento, etc.
Tipo de contrato Tipos de contratación: Por tiempo indeterminado, por obra determinada, por temporada, sujeto a prueba, etc.
Tipo de deducción Listado de tipos de deducción: ISR, aportaciones, pensión alimenticia, etc.
Tipo de horas Tipo de horas extra: Dobles, triples o simples.
Tipo de incapacidad Tipos de incapacidad: Riesgo de trabajo, enfermedad general o maternidad.
Tipo de jornada Tipos de jornada: Diurna, nocturna, mixta, etc.
Tipo de nómina Indicación sobre tipo de nómina: Ordinaria o extraordinaria
Tipo de otro pago Tipos para el nodo de “otros pagos”: Devolución de ISR, subsidio entregado o viáticos.
Tipo de precepción Listado con tipos de percepción: Sueldo, gratificación, PTU, premio, primas, etc.
Tipo de régimen Listado de regímenes de contratación: Sueldos, jubilados, pensionados, asimilados, otros.
Riesgo del puesto Listado con las clases de riesgo según Ley del Seguro Social: Clase I, II, III, IV y IV.
Los catálogos pueden ser descargados en archivo de Excel pulsando sobre este enlace.
Se deben considerar los siguientes cambios:
• Las claves de RFC tanto de patrón como de trabajador son obligatorios, por lo que se sugiere que con anticipación se tramiten los RFC de los trabajadores que no se tengan a la fecha.
• La autoridad validará que el RFC sea correcto y tenga registrada la obligación correspondiente.
• Ya no se permitirán valores negativos
• Los siguientes datos deben llenarse a detalle:
• Indemnización
• Jubilación, pensión o retiro
• Acciones o títulos
• Información de subcontratación laboral
• Compensación de ISR con datos del saldo a favor
• Subsidio causado
• Trabajadores sindicalizados
• Incapacidades
• Horas extras
• Otros pagos
También es importante mencionar que la declaración informativa de sueldos y salarios se presentará por última vez por el ejercicio 2016, en febrero de 2017. Por el ejercicio 2017 y posteriores no habrá obligación de presentar declaración informativa, pues los datos ya constarán en estos complementos de nómina.
Se reitera la invitación a que nos hagan llegar sus dudas o problemática la cual nos pueda ayudar a generar planteamientos y apoyarlos como síndico y miembro de la comisión fiscal del Colegio de Contadores Públicos de Saltillo.