Sociedad por Acciones Simplificada; Registro en línea
Desde el 4 de octubre de 2016 ya es posible registrar en línea a las sociedades por acciones simplificadas (SAS), figura que fue creada con la finalidad de tener un esquema de apertura rápida de empresas.
En la Semana Nacional del Emprendedor, el secretario de Economía, Ildefonso Guajardo, inauguró oficialmente la plataforma digital para abrir empresas en un solo día.

A través de www.tuempresa.gob.mx, se pueden crear sociedades mercantiles con ingresos anuales hasta por cinco millones de pesos, registrar el nombre de la empresa ante el registro público correspondiente y tramitar el Registro Federal de Causantes (RFC) y la firma electrónica.

Rocío Ruiz Chávez, subsecretaria de Competitividad y Normatividad y responsable de adecuar la plataforma tuempresa.gob.mx a las SAS, comentó en entrevista que desde este martes ya se pueden hacer los trámites, al que en breve se sumarán los correspondientes al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

“Se han tenido que juntar muchos sistemas. El primero fue el de nombre y denominación, luego el del propio SAS y el del Registro Público de Comercio. Después de esto, nos integramos al sistema de la Secretaría de Hacienda, con el SAT (Servicio de Administración Tributaria) para sacar el RFC y la FIEL, posteriormente nos ligaremos con el IMSS, que es el trámite que estamos subiendo ahorita”, explicó.
Agregó que la licencia de funcionamiento es el siguiente paso, y para ello van a trabajar con algunos programas pilotos en Veracruz y Jalapa, donde desde el 2004 operan los módulos SARE (Sistema de Apertura Rápida de Empresas) y donde, de acuerdo con el presidente municipal Ramón Poo, se ha creado un consejo de mejora regulatoria “para entender cuáles son los pasos que debemos ir librando como empresarios”.

“Hablaron entre sí los sistemas del IMSS, SAT y Economía y eso, para que pase, es muy complejo a nivel sistema y normatividad. Ahora, se puede abrir una empresa a costo, y eso va a ser un parteaguas en la historia del emprendimiento en el país y nos pone a la vanguardia en AL y a nivel mundial.
La tecnología con que cuenta la plataforma aún es limitada, pues desde el inicio se alerta que la misma no es compatible con cualquier navegador. Al ingresar a ésta, aparece el siguiente mensaje:

Para realizar los trámites en el portal Tuempresa es necesario utilizar el navegador Firefox, así como la versión Java 8 Update 71 instalados en tu equipo

Cabe mencionar que si bien el primer paso para abrir una empresa se ha agilizado, los emprendedores deben estar conscientes de que otros trámites o procedimientos como abrir una cuenta bancaria, estructurar su contabilidad de acuerdo a lineamientos del SAT y conseguir un proveedor de facturación electrónica, son aspectos que pueden llevar más tiempo, y que son indispensables para iniciar operaciones.

Con información de elempresario.mx

Nuevos precios máximos de gasolinas y diésel para octubre 2016
Con fecha 30 de septiembre de 2016 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer las cuotas complementarias y las cuotas definitivas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a las gasolinas y al diésel, así como los precios máximos de dichos combustibles, aplicables en el mes de octubre de 2016, foliado como Acuerdo 73/2016.

En él se establecen los precios máximos de los combustibles para el mes de octubre 2016:

Combustible Julio
Gasolina menor a 92 octanos 13.98
Gasolina mayor o igual a 92 octanos 14.81
Diésel 14.63

Estas nuevas cuotas son comparadas a continuación contra las de septiembre 2016.

Combustible Septiembre Octubre Variación
Gasolina menor a 92 octanos 13.98 13.98 +0.00%
Gasolina mayor o igual a 92 octanos 14.81 14.81 +0.00%
Diésel 14.45 14.63 +1.25%

Como puede observarse, para el mes de octubre, el diésel alcanza el precio máximo autorizado para 2016, quedando así, todos los combustibles en el precio máximo autorizado, como se puede observar al analizar la banda de precios máximos y mínimos establecida para 2016:

Banda aplicable en 2016
Tipo de combustible Valores en pesos por litro de combustible
máximo mínimo
Gasolina menor a 92 octanos $13.98 $13.16
Gasolina mayor o igual a 92 octanos $14.81 $13.95
Diésel $14.63 $13.77

Buen Fin 2016 <Decreto de estímulos fiscales para uso de medios de pago electrónicos>
Con fecha 30 de septiembre de 2016 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago y de comprobación fiscal.

Este decreto tiene la finalidad de incentivar a los comercios, en especial a los pequeños y medianos, para que establezcan medios de pago electrónicos, tal como se ha hecho en años anteriores durante el período “Buen Fin”, con la diferencia de que ahora el incentivo no se limita a ese período y se amplía para otorgar también premios por solicitar comprobante fiscal.

Para esto, el Ejecutivo ha considerado que la suma total de los montos a entregar como premios a los tarjetahabientes no podrá exceder de la cantidad de $650,000,000, que se compone de $500 millones destinados al uso de tarjetas y $150 millones para la solicitud de comprobantes fiscales.

Estímulo fiscal
Los emisores de tarjetas, que emitan tarjetas al amparo de un titular de marca cuando se pueda identificar al Tarjetahabiente titular, tendrán un estímulo por la entrega de premios que efectúen a sus tarjetahabientes personas físicas cuando éstos hayan utilizado como medios de pago tarjetas de crédito o débito en la adquisición de bienes o servicios dentro del periodo que comprenda el llamado “El Buen Fin”.

A diferencia de años anteriores, se prevé que pueden gozar de este estímulo las personas morales que decidan participar en la entrega de premios a las personas físicas que no realicen actividades empresariales cuando éstas hayan utilizado medios de pago electrónicos en la adquisición de bienes o servicios y hayan obtenido comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI).

Acreditamiento del estímulo
El estímulo consiste en acreditar contra el Impuesto Sobre la Renta (ISR) propio o del retenido a terceros por este impuesto, el importe entregado como premio a los tarjetahabientes.

En años anteriores se preveía que el acreditamiento individual por operación no podía ser menor a $250 ni mayor a $10,000, pero para 2016 estos límites se eliminan. La suma total del monto de los premios entregados por las entidades financieras, instituciones bancarias y entidades financieras relacionadas con dichas instituciones, no podrá exceder en su conjunto de $500 millones, ni de $150 millones para el caso de sorteos por la solicitud de CFDI.

El estímulo se podrá acreditar hasta agotarse, en los meses siguientes a aquél en que se realice la entrega de los premios a cada ganador, y una vez que se haya entregado al SAT la información que se determine a través de reglas de carácter general.

Exención de derechos de vigilancia
Se exime a los beneficiarios de los estímulos del pago del Derecho por concepto de vigilancia que establece el artículo 27 de la Ley Federal de Derechos.

Aviso de estímulo
Se releva de la obligación de presentar el aviso de aplicación de estímulo a que se refiere el artículo 25, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.

Ingresos no acumulables
Los estímulos fiscales y el importe de los premios derivados del sorteo, no se considerarán ingresos acumulables para los efectos del ISR.

No lugar a devolución ni compensación
La aplicación de estos estímulos no dará lugar a devolución ni compensación.

Reglas generales
El SAT emitirá las reglas de carácter general necesarias para la aplicación del estímulo.

Vigencia
Este decreto entra en vigor el 1 de octubre de 2016, y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2017.


1° Anteproyecto de V Modificación a la Miscelánea Fiscal 2016
Modificaciones a la Miscelánea Fiscal 2016 -- 1° Anteproyecto de V Modificación a la Miscelánea Fiscal 2016

Con fecha 29 de septiembre de 2016 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer el Primer Anteproyecto de Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016.

Inscripción de SAS
En este anteproyecto se incluye una regla que regula la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), así como su trámite para obtener la firma electrónica.

Al respecto, la regla establece que la inscripción se realizará a través del portal gob.mx/Tuempresa, siguiendo lo previsto en la ficha de trámite 235/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC por las Sociedades por Acciones Simplificadas”.

Una vez concluida la inscripción, se podrá tramitar por única ocasión a través del referido portal el certificado de firma electrónica, siguiendo lo establecido en la ficha 236/CFF “Solicitud de generación de e.firma para las Sociedades por Acciones Simplificadas”.

En este sentido, se proyecta también la modificación del Anexo 1-A que contiene las fichas de trámites fiscales, para incluir estas dos fichas.

Sorteos fiscales
Adicional a lo anterior, se prevé agregar dos reglas para regular las bases de los sorteos fiscales, los cuales, según la proyectada disposición, serán dados a conocer a través de la página de Internet del SAT.

Las personas morales que deseen participar en la entrega de premios en los sorteos fiscales deberán manifestar su voluntad, conforme a lo señalado en la ficha de trámite 237/CFF “Avisos que deben presentar los sujetos que entreguen premios en los sorteos fiscales”.

Se define que se consideran medios de pago electrónicos, para efectos de los sorteos fiscales:
• Tarjetas de crédito, débito o de servicio
• Transferencia electrónica de fondos
• Monedero electrónico
• Dinero electrónico

Información de donativos para influir en la legislación
Para efectos de la regla 3.10.11. y la ficha de trámite 19/ISR 'Informe para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación', contenida en el Anexo 1-A, las personas morales y fideicomisos obligados a poner a disposición del público en general la Información para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación, correspondiente al ejercicio 2015, son aquéllos autorizados para recibir donativos deducibles en términos de la Ley del ISR por el ejercicio fiscal 2015, que se incluyeron en el Anexo 14 de la RMF para 2015 y 2016 y sus respectivas modificaciones, publicadas en el DOF el 9 de enero, 6 de marzo, 21 de mayo, 10 de julio, 29 de septiembre y 20 de noviembre de 2015; el 12 de enero, 9 de mayo y 15 de julio de 2016, siempre que su autorización no se haya revocado o haya perdido vigencia en fecha posterior a las señaladas.

Esta información podrá presentarse a más tardar el 30 de noviembre de 2016.

Nuevo complemento recibo de nómina
Proyecta SAT lanzar versión 1.2 del complemento recibo de pago de nómina, que será de uso obligatorio para los contribuyentes a partir del 1 de enero de 2017.

Este anteproyecto puede ser consultado en la página de Internet del SAT, directamente en la siguiente dirección:
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Documents/5aRMRMF_2016_290916.pdf


CFDI; Proyecta SAT versión 1.2 de complemento CFDI de recibo de nómina
Con fecha 29 de septiembre de 2016 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer el Primer Anteproyecto de Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016.

A través de un artículo transitorio de este anteproyecto la autoridad proyecta lanzar versión 1.2 del complemento recibo de pago de nómina, que será de uso obligatorio para los contribuyentes a partir del 1 de enero de 2017.

Cabe recordar que el complemento de recibo de nómina se encuentra vigente desde el ejercicio 2014.

De momento no se ha difundido en qué consisten los cambios del complemento, pero es necesario tener presente que quedarían tres meses para hacer las adecuaciones necesarias para cumplir con esta nueva obligación, por lo que se debe prestar especial atención al momento en que sea dada a conocer esta información

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